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¿Quién paga la comisión de la inmobiliaria? Lo que dice la LAU (y lo que muchos siguen sin cumplir)

Loly González 13 de septiembre de 2026
¿Quién paga la comisión de la inmobiliaria? Lo que dice la LAU (y lo que muchos siguen sin cumplir)

La Ley de Arrendamientos Urbanos es clara: en el alquiler de vivienda, los gastos de gestión y formalización los paga el propietario, no el inquilino. Te explicamos qué dice la ley, por qué muchos intermediarios siguen cobrando al inquilino y cómo en miappdelalquiler.es velamos por que se cumpla.

Durante décadas, en España se dio por hecho algo que, sencillamente, no era justo: que fuera el inquilino quien pagara la comisión de la inmobiliaria al alquilar una vivienda. Una mensualidad entera —a veces más— que se sumaba a la fianza y al primer mes, convirtiendo la entrada a un piso de alquiler en una montaña de dinero difícil de reunir.

La buena noticia es que la ley cambió. Y conviene conocerla bien, porque muchos intermediarios siguen actuando como si no existiera.

Qué dice exactamente la LAU

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), tras la reforma introducida por el Real Decreto-ley 7/2019 y reforzada por la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, es tajante en su artículo 20.1:

> «Los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador.»

Traducido: en el alquiler de vivienda habitual, la comisión de la agencia y los gastos de formalizar el contrato los paga el propietario (arrendador), no el inquilino. Y no es una recomendación: es una obligación legal. Cualquier cláusula que traslade esa comisión al inquilino en un contrato de vivienda es nula de pleno derecho.

Entonces, ¿el inquilino nunca paga comisión?

Aquí conviene ser precisos, porque la ley distingue según el tipo de alquiler:

  • Vivienda habitual (contratos de un año renovable): la comisión de gestión la paga siempre el propietario. El inquilino no debe abonar honorarios de intermediación.
  • Alquiler de temporada (corta duración, por motivos de estudios, trabajo temporal, etc.): al no ser vivienda habitual, la protección del artículo 20.1 no se aplica del mismo modo, por lo que la comisión puede recaer en el inquilino.
  • Locales, oficinas y otros usos distintos del de vivienda: tampoco se rigen por esa protección, y lo habitual es repartir la comisión entre ambas partes.

Es decir: la regla de oro —"la comisión la paga el propietario"— protege específicamente al inquilino de vivienda, que es donde estaba el abuso.

El problema: muchos siguen cobrándola al inquilino

Pese a que la ley lleva años en vigor, las prácticas irregulares no han desaparecido. Numerosos intermediarios del sector siguen intentando, de una forma u otra, que sea el inquilino quien pague:

  • Camuflando la comisión bajo nombres creativos: «gastos de tramitación», «apertura de expediente», «honorarios de estudio» o «reserva».
  • Presionando con la urgencia ("hay diez personas interesadas") para que el inquilino pague antes de leer la letra pequeña.
  • Cobrando en efectivo o por adelantado, sin factura, para que no quede rastro.

El resultado es que miles de inquilinos siguen pagando comisiones que, por ley, no les corresponden. Y muchos ni siquiera lo saben.

Qué puedes hacer si te la reclaman

Si eres inquilino y te exigen pagar la comisión de la agencia por una vivienda habitual:

1. Recuérdales el artículo 20.1 de la LAU. Suele ser suficiente. 2. Pide siempre factura de cualquier importe que te cobren. La transparencia incomoda a quien actúa mal. 3. No pagues nada por adelantado antes de ver el piso y revisar el contrato. 4. Si ya pagaste, puedes reclamar la devolución: al ser una cláusula nula, tienes derecho a recuperar ese dinero.

Cómo lo hacemos en miappdelalquiler.es

En miappdelalquiler.es no dejamos esto al azar ni a la buena voluntad de nadie. La estructura de comisiones de la plataforma está diseñada para cumplir la LAU de forma automática:

  • En el alquiler de vivienda de un año renovable, la comisión de gestión (0,5 mensualidades) la asume el propietario. El inquilino no paga comisión de gestión: solo el depósito y la primera mensualidad.
  • En alquileres de temporada y en locales u oficinas, aplicamos el reparto que la ley permite, siempre publicado con total claridad en nuestra página de Tarifas.
  • Antes de pagar, cada parte ve un desglose completo de todos los importes y comisiones. Sin letra pequeña, sin cargos sorpresa y con factura automática de cada comisión conforme al sistema Veri*factu de la Agencia Tributaria.

Y todo ello dentro de un entorno seguro y verificado: verificamos la identidad de propietarios e inquilinos y la titularidad de los inmuebles, para que sepas siempre con quién tratas y que el piso que te interesa es real.

Porque alquilar no debería ser un campo de minas. Debería ser transparente, legal y justo. Eso es exactamente lo que defendemos.

*Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para casos concretos, consulta con un profesional del derecho.*

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